Julio López
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Viernes 13 de julio de 2018 | EL EXTRACTIVISMO CONTAMINANTE Y SUS APRIETES

La inconstitucionalidad como vía para disciplinar a los municipios libres de fracking

El 5 de julio el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro declaró inconstitucional la ordenanza sancionada por el Municipio de Fernández Oro en 2017 que, a partir de la prohibición de la aplicación de la técnica de la fractura hidráulica en su ejido, buscaba garantizar a su población el goce del derecho a un ambiente sano y la protección del agua y las tierras productivas. El fallo del máximo tribunal de la provincia no sólo reitera lo actuado en 2013, cuando se pronunció de manera similar ante la ordenanza contra el fracking sancionada por el municipio de Allen, sino que además, con la imposición del pago de costas de cien mil pesos al municipio de Fernández Oro, le traslada una carga que resulta una medida disciplinadora. Ese coste podría asumirlo la parte demandante -la petrolera de bandera YPF y su subsidiaria YSur-, sin variar significativamente sus finanzas; en lugar de quienes intentaron garantizar y ampliar los derechos de la ciudadanía. Por Observatorio Petrolero Sur.

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