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Sábado 17 de Mayo de 2014 | Santiago del Estero: Criminalización de la opinión

Aplican por primera vez la Ley Antiterrorista contra un periodista

Suárez, trasladado al hospital durante su detención. Hoy acusado por la Ley Antiterrorista.
Por primera vez desde su sanción, la Ley Antiterrorista podría ser aplicada en Santiago del Estero para penar la labor periodística de Juan Pablo Suárez durante los levantamientos policiales producidos a fin del año pasado. En tal ocasión el periodista -director del medio digital Última Hora- permaneció en el calabozo diez días acusado de ‘sedición’, por la sospecha de que había instigado a tales hechos. La Justicia continúa investigando la labor supuestamente desestabilizadora de Suárez durante esas jornadas, pero incrementó el peso de la denuncia: no sólo lo acusa de sedición, sino que agrava la carátula con el artículo 212 del Código Penal y el artículo 41 quinqueis.

El artículo 212 señala: ‘Será reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación’. El artículo 41 quinqueis dice: ‘Artículo 41 quinquies: Cuando alguno de los delitos previstos en este Código hubiere sido cometido con la finalidad de aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas Nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo, la escala se incrementará en el doble del mínimo y el máximo’.

Se trata de la judicialización de la opinión en su máxima escala: si la Justicia dictaminara que Suárez es culpable del delito del que se lo acusa, debería pasar entre seis y doce años tras las rejas, debido a la duplicación de las penas previstas por la reforma aprobada por impulso del kirchnerismo en diciembre de 2011.

+ Aplican por primera vez la Ley Antiterrorista contra un periodista | por Diego Rojas

 

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