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Suspendieron el desalojo a la comunidad mapuche pedido por el Municipio de Neuquén
Por Diario Río Negro - Wednesday, Jul. 18, 2018 at 3:49 PM

Fue una decisión del fiscal jefe de Neuquén, Pablo Vignaroli. El conflicto es por un terreno ubicado en la meseta. El werken, Jorge Nahuel, afirmó que ese predio fue otorgado por decreto del exintendente, Martin Farizano.

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17 JUL 2018

Las comunidades mapuches se reunieron con distintas organizaciones en las tierras en conflicto. (Foto: Mauro Pérez.-)

La fiscalía suspendió el desalojo que había ordenado contra los integrantes de dos comunidades mapuches que permanecen en un predio de 50 hectáreas, en la zona de la meseta, y que les fue cedido en 2011. La municipalidad de Neuquén reclama la propiedad de esas tierras.

Luego de que el tema tomara estado público, el fiscal jefe, Pablo Vignaroli, se reunió con representantes de las comunidades y dispuso no hacer efectiva la medida. Ahora recopilará toda la información necesaria para establecer si verdaderamente se configura el delito de usurpación.

Jorge Nahuel, werken de la Confederación Mapuche de Neuquén, explicó que el terreno fue otorgado por el exintendente, Martín Farizano, a las comunidades Newen Mapu y Puel Pvjv. De hecho en el lugar se realizó, en junio pasado, la celebración del Wiñoy Xipantv (año nuevo mapuche). El convenio entre las partes se firmó en 2011. Indicó que el problema comenzó con el cambio de gestión, al asumir Horacio Quiroga como jefe comunal.

“Quiroga nos negó durante cuatro años la mensura de las tierras que el Convenio firmado obligaba. Sin embargo, la única tarea que realizó fue señalar las coordenadas y colocar los mojones que señalan los límites de nuestro territorio”, aseguró Nahuel en un comunicado. Ratificó que permanecerán en el lugar.

La abogada de las comunidades, Micaela Gomiz, planteó que la ocupación no tiene carácter de usurpación “es pública, pacífica e indígena.” Agregó que en el sitio hay un rewe (es un lugar sagrado) y que el predio fue incorporado en el contexto de ley 26.160, al relevamiento de tierras indígenas. La norma, prorrogada recientemente, suspende por el plazo de la emergencia declarada, la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras.

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