Julio López
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Miércoles 8 de Agosto de 2007 | Espacio publico, área histórica y represión

Vida y ¿muerte? de la resolución 38

Declárase al Rosedal de Palermo y su entorno delimitado por las avenidas Del Libertador, Dorrego, Figueroa Alcorta y Sarmiento , ámbito que forma parte del Área de Protección Histórica Parque Tres de Febrero, como espacio público no autorizado para lo oferta o demanda ostensible de servicios sexuales”. Con esta resolución, la número 38, el ex ucedeísta Javier García Elorrio, hoy Subsecretario de Áreas Protegidas del Gobierno de la Ciudad, pretendió hacer lugar a una solicitud de Alicia Pierini, Defensora del Pueblo de la Ciudad, muy preocupada, ella, por la protección del “área histórica” en cuestión. Si bien la inmediata reacción de las damnificadas directas, organizadas en defensa de sus derechos, hizo torcer el brazo al gobierno y provocó la suspensión (no la anulación) de la medida, el hecho no deja de ser inquietante y vaticina que, en materia de derechos ciudadanos, se avecinan tiempos de más represión y resistencia.

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