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Fumigar escuelas es delito
Por ANRed - Wednesday, Oct. 04, 2017 at 1:12 PM

3 de octubre de 2017 | Hoy, en un fallo histórico, el Tribunal Oral de Concepción de Uruguay, Entre Ríos, condenó a un año y seis meses de prisión al empresario fumigador, el piloto y el productor sojero dueño del campo aledaño a la escuela rural N° 44 de Santa Anita por realizar fumigaciones en horario escolar durante el 2014, las cuales ocasionaron lesiones a los y las niñas, y la docente a cargo. De esta manera, la Campaña Paren de Fumigar, el sindicato docente AGMER y la comunidad celebran el triunfo de este fallo condenatorio hacia las prácticas de fumigación con agroquímicos ya que sienta precedentes a la hora de seguir luchando contra el modelo sojero que cada año produce más enfermedades y muertes. Por ANRed

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Luego de casi 3 años de lucha de la docente Mariela Leiva, el gremio docente AGMER y la organización "Paren de Fumigar" la Justicia determinó una pena de prisión en suspenso de 1 año y seis meses para los tres imputados por fumigar en las cercanías del establecimiento escolar. Este fallo es histórico porque es el primer dictamen en torno a la protección de docentes y alumnos rurales.

En horas de la mañana, el tribunal conformado por los jueces Fabián López Mora, Mariano Martínez y Mariela Emilce Rojas hizo lugar al pedido de la fiscalía de responsabilizar al empresario fumigador a cargo de Villaguay Aero Litoral SA, Erminio Bernardo Rodríguez, al dueño del campo de arroz y maíz que contrató el servicio, José Mario Honecker, y al piloto que manejaba la avioneta, César Martín Visconti, por "lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa", tras fumigar con agroquímocos la escuela rural en septiembre de 2014.

Mariela Leiva, docente de la escuela N° 44 de Colonia Santa Anita en la Provincia de Entre Ríos denunció fumigaciones en los campos aledaños a la institución y haber sufrido contaminación durante 2008 y 2017, años en los que trabajó. El último episodio de fumigación desató tal grado de descompostura en algunos niñes y ella misma que tuvieron que ser trasladados al hospital por intoxicación. Su denuncia fue acompañada por la campaña "Paren de fumigar" encabezada por la filial Basavilbaso, seccional Uruguay de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER).

Cabe recordar que este fallo es un triunfo de la Campaña ya que determina que fumigar es delito, ya sea en escuelas como cerca de las comunidades, en contraposición a lo que plantean las corporaciones rurales. Recordemos que con motivo del comienzo del juicio Oral y Público, las entidades rurales integrantes de la Mesa de Enlace de Entre Ríos (Federación Agraria Argentina, Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos, Sociedad Rural y la Federación de Cooperativas) habían expresado su "preocupación por el proceso judicial" que se desarrollaba y defendían corporativamente al imputado. "De acuerdo a lo informado por el productor, se trató de una aplicación realizada con control profesional, para la cual disponía de la receta agronómica". En cuanto a la empresa que realizó la fumigación dijeron que "se encontraba totalmente en regla, cumpliendo con las normas vigentes". Este desconocimiento de las denuncias de la maestra y lo que un perito agrónomo y un investigador del Conicet demostraron mediante estudios ambientales, "la escuela está expuesta a la contaminación", no es inocente.

Desde la Prensa de la Unión de Asambleas Ciudadanas repudiaron el 21 de septiembre de este año estas expresiones de las entidades rurales y expresaron que "este modelo agroindustrial de cultivos transgénicos que se desarrolla en el país hace más de 20 años, implica el uso masivo de agrotóxicos que se estima en más de 350 millones de litros al año, y que trae consecuencias irreversibles sobre la vida y el territorio".

De ahí que desde todas las organizaciones comprometidas con la vida y el medio ambiente se celebre el fallo histórico que de este juicio contra las fumigaciones que "abre una oportunidad histórica para develar las prácticas contaminantes sobre nuestros niños y niñas, tal como lo expresó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en referencia al caso emblemático de las Madres de Ituzaingó Anexo, en Córodoba, ya que fumigar con agrotóxicos en una zona protegida es un delito penal".

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