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DISCRIMINACIÓN RACIAL EN VILLA RÃO BERMEJITO
Por Centro Nelson Mandela - Tuesday, Sep. 12, 2006 at 7:55 PM
info@centromandelachaco.com.ar Tel Fax: (54 - 03722) 428475 Av. Alberdi N° 338 - Resistencia - Chaco - C.P. 3500

DISCRIMINACIÓN RACIAL  

VILLA RIO BERMEJITO
(CHACO)

CAUSA JUDICIAL

“LAURENCIO RIVERO Y OTROS S/ DENUNCIA SUPUESTA INFRACCIÓN  DE LA LEY 23.592”

EXPEDIENTE Nº 210/06

JUZGADO FEDERAL DE LA CIUDAD DE RESISTENCIA-CHACO


  

INTRODUCCIÓN  

El Intendente de Villa Río Bermejito, LORENZO HEFFNER, fue denunciado por integrantes de las comunidades aborígenes que habitan en el ejido municipal de dicho municipio.

La denuncia se ha basado en hechos, concretos y determinados, que los aborígenes atribuyen al Intendente y que califican de netamente discriminatorios en razón de la raza.

En el Capítulo III de la presentación, cada denunciante describió en forma sintética las acciones típicamente discriminatorias que imputan al Intendente, quién ha violado la Ley 23.592 en ocasión de ejercer sus funciones, lo cual agrava aún más la situación creada porque entabla la co-responsabilidad de la Provincia del Chaco, como integrante de  la Nación Argentina.

Los hechos narrados por las víctimas son aberrantes y netamente antidiscriminatorios. A tal punto esto es así, que lograron que comunidades pacíficas, como son las colectividades indígenas, dieran un salto importante en sus comportamientos. Hoy día están convencidos de que deben protagonizar la lucha por sus derechos, en forma concreta y directa.

El caso LORENZO HEFFNER es extraordinariamente paradigmático, y refleja cuadros parecidos o similares que se producen no solamente en El Impenetrable, sino en otras partes del territorio chaqueño. La valentía de los aborígenes que se decidieron a denunciar la grave afectación de sus derechos por discriminación racial, es un precedente auspicioso que abre nuevas posibilidades hacia el futuro. Claro está que el Poder Judicial de la Nación , encarnado en este caso en el Juzgado Federal de la Ciudad de Resistencia, tiene una clara oportunidad para poner en práctica las declamaciones y los discursos repetidos sobre la protección de los derechos humanos y la defensa y rescate de las minorías, para instalar la justicia y la equidad social.

A continuación sigue la presentación inicial o denuncia que efectuaran los aborígenes; se consigna literalmente el escrito inicial.

FORMULAN DENUNCIA

SEÑOR JUEZ FEDERAL:
                                                    LAURENCIO RIVERO, DNI Nº 13.960.714, con domicilio en radio urbano de Villa Río Bermejito; FARIAS CHAROLE, DNI Nº 14.137.071, con domicilio en Fortín Lavalle; ROBERTO DIAZ, DNI Nº 17..209.685, con domicilio en radio urbano de Villa Río Bermejito; ALBERTO MAYDANA, DNI Nº 10.245.551, con domicilio en Barrio Norte de Villa Río Bermejito; ANGEL ESPÍNDOLA,  DNI Nº 21.974.156, con domicilio en Barrio El Zorzal de El Espinillo; RICARDO SANDOVAL, DNI Nº 23.765.725, con domicilio en Barrio 20 Viviendas de El Espinillo; BENITO DIAZ, DNI Nº 24.402.646, con domicilio en Pasaje El Toroltay de Villa Río Bermejito; CEFERINO PEREZ, con domicilio en Paraje Pozo del Bayo de El Espinillo; CARLOS ROMERO,con domicilio en Barrio Quenoyi de El Espinillo; RICARDO SANDOVAL, con domicilio en Planta Urbana de El Espinillo; QUITERIO SALTO, con domicilio en Mzna: 38, Parc.:03 del Barrio Los Cisnes, de la ciudad de Resistencia; TEODORO GONZALEZ, con domicilio en Planta Urbana de Fortín Lavalle. Todos por derecho propio, con el patrocinio letrado de los Dres. A. ROLANDO NUÑEZ, WALTER CÉSAR ZANUTTINI, MARIO FEDERICO BOSCH, ROBERTO E. MENA, JOSE D. BALLESTA, abogados de la Matrícula Federal , constituyendo domicilio legal en Avenida Alberdi 338, Ciudad, ante el Señor Juez Federal nos presentamos y respetuosamente DECIMOS:

                                            I)-OBJETO DE ESTA PRESENTACION: FORMULAN DENUNCIA:   que venimos por este acto, de conformidad con lo dispuesto por el art. 180 del CPPN, a formular denuncia penal contra LORENZO HEFFNER, Intendente de la localidad de Villa Río Bermejito-Chaco, por la posible comisión de los Actos Discriminatorios previstos en la Ley 23.592, en función con el art. 248 del Código Penal ( incumplimiento de los deberes de funcionario público), toda vez que la persona denunciada ha emitido ordenes contrarias a la Constitución Nacional   (art. 16) y Constitución Provincial (arts. 8, 37), al negar asistencia y realizar actos discriminatorios por razón de la  raza de las comunidades  aborígenes.  

                                            Señalamos a V.S. que el 75 % de la población del egido  municipal de Villa Río Bermejito, que comprende El Espinillo y Fortín Lavalle, se integra por las comunidades originarias, reconocidas por la Constitución Nacional y el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales ratificado por  la  Nación Argentina.  

Señalamos también que el Estado de la Provincia del Chaco, al ser integrante de la Nación Argentina , es garante de los pactos y normativas que la Nación ha suscripto. En consecuencia, es solidariamente responsable -junto al Intendente LORENZO HEFFNER- por permitir y/o tolerar y/o auspiciar actos discriminatorios contra las comunidades indígenas,  públicamente conocidos a través de los medios masivos de comunicación, que repetidamente abordaron este tema  y las manifestaciones vinculadas con esta problemática.

II -COMPETENCIA FEDERAL:

Resulta competente el Poder Judicial de la Nación por cuanto la tutela del bien jurídico protegido en la Ley 23.592 es, lisa y llanamente, la igualdad de las personas  (art. 16 de la CN ), toda vez que los actos de discriminación están dirigidos contra la comunidad aborigen, poniendo en crisis los valores supremos de la Nación Argentina

La competencia es del orden federal por cuanto el bien jurídico protegido por la Ley 23.592 se vincula a normas constitucionales (art. 14, 16, 20 y 25), habida cuenta de la jerarquía que nuestra Carta Magna reformada en 1994 ha otorgado a los Tratados Internacionales [Convención sobre la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, Declaración Universal de Derechos Humanos, y Convención Internacional sobre Eliminación de toda forma de Discriminación Racial]. Todo ello, en virtud del art. 116 de la Constitución Nacional y 2° de la Ley 48. De una evaluación de la Ley 23.592, surge palmariamente que la intención del legislador ha sido  de otorgar el fuero de excepción de competencia en los delitos allí previstos y reprimidos por todas las formas de discriminación  racial, étnica o religiosa que afecte y vulnere garantías constitucionales.

Podría caber la competencia ordinaria siempre y cuando el delito base, y el agravante que establece a Ley 23.592, fuera cometido por un particular en perjuicio de  otro particular. Pero, en el caso concreto que se denuncia, es el propio Estado -en la figura y en la función del Intendente de Villa Río Bermejito Sr. LORENZO HEFFNER- quién de manera abierta y expresa discrimina a integrantes de las comunidades originarias. Vale decir entonces, que el último eslabón orgánico de la República ( en este caso, el ejecutivo Municipal de Villa Río Bermejito) incumple y vulnera los arts. 16 y 75 inc., 22 de la Constitución Nacional , que tutela y funda las bases de los principios elementales de la dignidad humana en el território nacional.

El Estado de la Provincia del Chaco resulta solidariamente responsable por cuanto es garante e instrumento de aplicación del Derecho Constitucional Argentino, siendo el Ministerio de Gobierno el órgano responsable del área municipal, a través de la Subsecretaría correspondiente.-               

III- HECHOS: para una mejor comprensión, expondremos los hechos, acciones y manifestaciones que atribuimos al Intendente LORENZO HEFFNER, como autor responsable de los delitos objeto de la presente denuncia, con individualización del sujeto pasivo y los detalles de configuración.-


1
LAURENCIO RIVERO

Escuché, en el garage de la Municipalidad , que el Intendente de Villa Río Bermejito  LORENZO HEFFNER le dijo al Sr. MARIANO FRANCO, de 67 años  de edad, domiciliado en  Planta Urbana de Villa Río Bermejito, que era un hombre vago, que no trabajaba porque era un aborigen, que si no se iba le patearía en el c...., porque era un indio.

Franco agachó la cabeza y se retiró.-   

2
FARIAS CHAROLE

LORENZO HEFFNER siempre me atiende afuera de la Municipalidad. Lo mismo hace con otros hermanos aborígenes que necesitan hablar con él. El Intendente dice que los indios tenemos olor y que no podemos pasar.

A mi me niega asistencia porque me dijo que soy  un indio y no quiero trabajar. Ando pidiendo nomás.

3
ALBERTO MAYDANA

Las necesidades en la zona son muy grandes y en ocasión en que solicité asistencia a  LORENZO HEFFNER, me dijo que para ustedes, refiriéndose a  los indios, no hay nada porque no quieren trabajar; están mal acostumbrados.


4
ANGEL ESPÍNDOLA

El Señor ANGEL ESPÍNDOLA realizó una denuncia ante la Comisaría de Villa Río Bermejito, Departamento General Güemes. Lo hizo el día 28 de Junio del 2006; refirió: “...DENUNCIA: Que desde los primeros días del mes de Mayo del corriente año, se halla con un grupo de manifestantes frente al Edificio Municipal, pidiendo la renuncia del Señor Intendente LORENZO HEFFNER, por los continuos malos tratos hacia la comunidad aborigen. Especialmente al dicente, le prometió una vivienda para el señor padre del dicente. Luego cuando inauguraron la vivienda no cumplió; entregó viviendas a las personas que no necesitan; las veces que ayudó a los pobladores del Espinillo, nunca lo ayudó al dicente, acusándole que él es un integrante de la banda de CHORROS, QUILOMBEROS. Al decir esto se refiere a  RICARDO SANDOVAL, ASTERIO CLAUDIO, RICARDO SÁNCHEZ Y CORIMINA FERNÁNDEZ, mamá de RICARDO y dos personas criollas CONSTANCIA PENAYO Y FRANCISCO ROQUERA. Este señor Intendente las veces que le atendió a cualquier persona le atiende en la vereda y/o en el garage. Días atrás el Señor Avila, encargado de SENASA, le prohibió que pase por el patio de la Municipalidad ya que es orden del Señor Intendente que ellos no pasen por el patio del Municipio. El día de ayer fue testigo de los agravios y el mal trato del Señor Intendente, ya que siendo la hora ocho aproximadamente se bajó de la camioneta y se fue directamente hacia los manifestantes, a quienes trató de sucio, que tienen mal olor, que son vagos, que no quieren trabajar. Es por lo que radica la presente denuncia...”.-

 
5  
BENITO DÍAZ

El Intendente LORENZO HEFFNER me dijo que soy un mal bicho porque tengo mal olor, porque soy aborigen y no conozco jabón. Sos un chancho grande; porqué no pediste a Dios para que llueva. Porque sos un diablo grandote, no te quiero llevar a la oficina y te atiendo en la vereda porque tenés mal olor.

 
6
CEFERINO PEREZ

Cuando fuí a solicitarle que levante una Iglesia, el Intendente LORENZO HEFFNER me atendió en la vereda porque soy un indio. El no atiende a los indios en la oficina, sino en la vereda. Nos maltrata. Nos humilla.

 

7
ROBERTO DIAZ

Necesitaba ser asistido por la Municipalidad de Villa Río Bermejito. Me atendió el Intendente, pero en la vereda. Me dijo que su oficina no es para los indios. Me dijo que nada podía darme porque soy un vago y que no quiero trabajar.

Estaba presente el Presidente de la Comisión Vecinal del Barrio Obrero, Enrique Perez.-

 

8
RICARDO SANDOVAL

            El 28 de Junio de 2006 realicé una denuncia ante la Comisaría de Villa Río Bermejito, del Departamento General Güemes.  Denuncié lo siguiente: “...Que desde el día dos de Mayo del corriente año se halla con un grupo de manifestantes frente al edificio Municipal pidiendo la renuncia del Señor Intendente LORENZO HEFFNER, por los continuos malos tratos hacia la comunidad aborigen. En primer termino la protesta era para que éste señor de soluciones a los reclamos de la comunidad, petitorio de diez puntos que le entregaran a este Señor. Pero luego por las agresiones verbales de HEFFNER, en la reunión con los delegados deciden pedirle directamente la renuncia. Un mes ante de la protesta él con un grupo de hermanos se hicieron presente en esta Villa para plantearle un inconveniente surgido con la mamá del dicente COIMIMA FERNÁNDEZ, en razón de que le desalojaron de una vivienda en El Espinillo y ella no tenía donde irse. El junto a los hermanos fueron al encuentro del Señor Intendente; cuando este se bajó del helicóptero en la cancha del Club San Martín para entrevistarse con él, pero en vez de saludarle éste Señor comenzó a gritarle que él era un QUILOMBERO. NO SABE TRABAJAR. TODO EL DÍA ESTÁ SENTADO EN LA PLAZA DEL ESPINILLO. TIENEN LA BOLA APLASTADA DE TANTO ESTAR SENTADO. También al ocurrir esta circunstancia se hicieron presentes en esta canchita la esposa del Intendente Señora NANCY JIMÉNEZ, el Secretario de Gobierno JOSE HIPPERDINGER y esposa ROSANA JIMÉNEZ, quiénes también le manifestaron barbaridades hacia la persona del dicente y los que le acompañaban. Este señor HEFFNER nunca atiende a los aborígenes en la oficina. Dice que ellos tienen mal olor. Son vagos y no  quieren trabajar. Siempre le atendió en la vereda y/o en el garage. El día de ayer surge un altercado con los empleados municipales que tenían intenciones de construir un muro al costado del edificio Municipal, en razón que estos señores en vez de trabajar, comenzaron a murmurar palabras en contra de las personas que se están manifestando frente al edificio Municipal, como ser aquí construiremos la vivienda para los piqueteros, palabras que cayó mal en las personas que le acompañan por lo que hicieron encender las basuras que estaban sobre la calle y el humo hizo que estos señores dejen de trabajar. Luego salió el Intendente de la oficina, se acercó al grupo de manifestantes, y especialmente se dirigió al dicente manifestándole que él es un quilombero, YA VAS A VER CUANDO TE ENCUENTRO SOLO. ESTOY SEGURO QUE VAS  A NECESITAR DE MI. SOS UN NEGRO HIJO DE PUTA. Es por lo que radica la presente denuncia contra el Señor Intendente LORENZO HEFFNER, por el mal trato y la discriminación hacia las personas aborígenes. Es todo...”.

 

 9
CARLOS ROMERO

El 27 de junio de 2006 realicé una denuncia en la Comisaría de Villa Río Bermejito.  Denuncié lo siguiente: “...Que desde el día dos del Mes de Mayo del corriente año, llegó con un grupo de pobladores de distintos Parajes, donde se traía un petitorio con diez puntos para ser entregado al Intendente Municipal y al Consejo Deliberante, llegando al frente del Municipio a hora doce. Encontró todas las puertas cerradas; no había quién recibiera el petitorio, ni quien los atendiera. A los tres días de acampar frente al edificio Municipal, fueron recibidos veinticinco delegados entre ellos la Señora Sánchez y el Dr. Rolando Núñez. En la primera reunión este señor le atiende de mala manera, manifestando que son vagos, que no quieren trabajar y otras barbaridades. Al Dr. Núñez le manifestó que está mal de la cabeza. Por lo que luego el grupo en una asamblea decide pedirle la renuncia, que hasta el día de la fecha se mantiene. Pero no fue la única vez que este señor le trató mal a los aborígenes; desde que comenzó su mandato lo hizo, a él personalmente le trató de rata, de piojoso, pulguiento, haragán. Este señor las veces que tiene que dar trabajo y/o hay obra para realizar no toma a un aborigen como obrero, toma a cualquier otra persona allegada a él. En todo momento discrimina a la comunidad aborigen, hasta dijo que le va a cortar el cogote a los dirigentes como él, que se van a tener que ir de  frente del Municipio como ratas, ya que son piojosos, pulguientos y muchos adjetivos más. Circunstancia por lo que la comunidad que se está manifestando frente al edificio Municipal se mantiene firme a que este señor debe renunciar. En la fecha siendo la hora ocho aproximadamente este señor salió al frente del edificio Municipal donde se hallan las personas manifestándose, USTEDES NO ME TIENEN RESPETO A MI. USTEDES ESTAN ENSUCIANDO LA MUNICIPALIDAD , COMO ES LA COSTUMBRE INDÍGENA. NO SABEN TRABAJAR, NO PIENSAN IR A LA CASA A TRABAJAR. LES PROHIBO QUE ENTREN AL PREDIO DE LA MUNICIPALIDAD , LA COSTUMBRE BASURA DE USTEDES YO NO QUIERO QUE ME TRAIGAN A LA MUNICIPALIDAD. Es por lo que él radica la presente denuncia penal contra este señor haciéndole responsable por el delito de discriminación y violación de los deberes de un funcionario público. El día 8 de Mayo este señor trasladó los equipos de su despacho a su vivienda particular....”.  

10  
QUITERIO SALTO

El  14 de abril de 2006 realicé una exposición en la Comisaría   de El Espinillo, Departamento General Guemes. Expuse lo siguiente: “...vengo a poner en conocimiento de esta autoridad policial que soy hijo de ELADIO SALTO,  que vive en el Paraje Las Tacuaras de esta jurisdicción policial, y también familiar de otros vecinos que viven en el mismo paraje: HERRERA ALBERTO, BLANCA NAVARRETE, SILVIO MIRANDA Y “CHULA” ALBORNOZ, ALVAREZ, RUBEN RAMÍREZ, quiénes están anegados por el desborde del Río Teuco. El hecho es que ayer vine de la ciudad de Resistencia, para poder interiorizarme del tema. En el lugar me entrevisté con el señor que conozco como NEGRO SEGUI, a quién consulté si las personas mencionadas habían recibido asistencia municipal, manifestándome el nombrado que a las casas de esas personas no pudieron llegar, si que se brindó asistencia a las personas que se encuentran en zonas cercanas...”.

El 15 de abril de 2006 realicé una ampliación de la exposición policial  en la Comisaría de El Espinillo. Expuse lo siguiente: “...vengo por este acto a ampliar mi anterior exposición del día de ayer, en virtud a que mediante la misma, lo único que solicitaba era la asistencia mínima por parte de la autoridades locales, para mi padre y otros vecinos domiciliados en el Paraje Las Tacuaras de esta Localidad quienes a consecuencia del desborde del Río se hallan completamente aislados desde el mes de Febrero, al igual que en otros Parajes de la zona, y teniendo en cuenta esta situación es que viajé a esta Localidad, con intenciones de ayudar en lo que fuera posible, no solo a la asistencia de mis familiares sino de los demás vecinos, pero realmente encontré poca predisposición de parte del Señor Intendente local, LORENZO HEFFNER...Tal es así que si bien ayer, a mi solicitud bajaron con helicóptero y llevaron mercaderías al paraje en cuestión, al parecer no hablaron con la gente y por eso realmente desconocemos a ciencia cierta como están nuestros familiares, con la angustia que esto significa...Por este motivo, y aprovechando que en horas de la siesta de la fecha el señor Intendente había concurrido a esta Localidad, es que intenté hablar con él, justamente fuera de esta Comisaría, y le pedí que me hiciera el favor de trasladarme hasta el paraje Las Tacuaras, ya que se movilizaba nuevamente en el helicóptero, pero este señor en forma indebida, y de mala manera me dijo que “no podía...que no iban para ese lugar...”, notándose y demostrando hallarse molesto conmigo por la exposición que radiqué, ya que me manifestó “...es una vergüenza la exposición que hiciste...”, y luego directamente ya no me hizo caso ni siquiera me dirigió más la palabra...Esta actitud realmente me molestó y dolió sobremanera, ya que como dijera anteriormente, lo único que quiero es la asistencia que las autoridades están obligadas a dar en estos casos a los vecinos, y aún más porque se trata de mis  familiares y yo mismo me había ofrecido en reiteradas oportunidades para colaborar, pero es evidente que no tienen en cuenta, y además me quitó la única posibilidad que tenía dadas las circunstancias, de poder llegar hasta el paraje en que vive mi padre y en ver como se encuentran, y si fuera necesario ayudarlo...Eso es todo...”.


11
TEODORO GONZALEZ

Realicé una denuncia ante la Comisión de Cámara de Diputados del Chaco. Expuse lo siguiente: "... que el Intendente LORENZO HEFFNER, tiene en su lugar de trabajo, que comentan los que trabajaron allí, que en su lugar de trabajo, en el aserradero ya clausurado tenía el símbolo de las esvástica. Que denuncio por la mala atención de la población indígena que hace el intendente de Villa Río Bermejito, señor LORENZO HEFFNER, discriminando totalmente a los hermanos indígenas. No habla con la gente. Le negó atender como una pérdida de tiempo en su función de intendente, un pobre, el intendente vive encerrado. Me consta que había una persona, que lo echó de la Municipalidad , OMAR FRANCO, porque no estaba en el signo político de él. Y otro que esta persona había ido a reclamarle los compromisos políticos que había hecho sobre las familias del mencionado Franco, y esa fue la respuesta que recibió por parte del Intendente. También hay amenazas del Plan Jefes de Hogar. El Intendente amenaza que va a cortar el Plan, sin darle razones aparente. Y porque en la marcha de protesta que se realizó en Villa Río Bermejito, amenazó a los que habían participado de que le iba a cortar el Plan Jefes de Hogar...”.

12
LAURENCIO RIVERO

El día 28 de Junio del año 2006 realicé una denuncia en la Comisaría Villa Río Bermejito. Expuse lo siguiente:  “...Que en los primeros días del mes de Mayo del año 2004, trabajó como contratado para la Municipalidad de Villa Río Bermejito. En primer lugar fue por seis meses, luego se le renueva dicho contrato con tres veces más. Trabajó como contratado hasta el día dos del mes de Septiembre del año dos mil cinco, donde por Resolución número 000630/05 se le deja sin efecto el contrato. Desde que comenzó a trabajar como contratado el señor Intendente le abonaba salario por cuatro hijos, y ayuda escolar por tres, en todas las ocasiones él le presentó las documentaciones por la totalidad de los chicos, que son seis chicos que debería abonarle el concepto de salario, como así ayuda escolar debía abonarle por los seis chicos, pero este señor le pagaba solo por tres. En el año dos mil uno cuando el tenía salario que abonaba este señor Heffner ya que tenía empresa denominada AGROFORESTAL HEFFNER LORENZO, donde le pagaba por los seis chicos, más un salario por discapacidad, la ayuda escolar lo hacía por los seis chicos. El desconoce por que este señor cuando él trabajó para el Municipio, no le pagó el salario correspondiente, ayuda escolar ni el salario por discapacidad. Es por lo que radica la presente denuncia...cuenta con documentaciones originales que acredita sus dichos...”.

 

IV -PRUEBAS:  ofrecemos las siguientes:

A) TESTIGOS: proponemos como testigo a las siguientes personas:

1) MERCEDES SANCHEZ, con domicilio en radio urbano  J. J. Castelli.

2) CLAUDIO ASTERIO, con domicilio en Quinta N° 3, El Espinillo.

3) ALBERTO ESTRADA, con domicilio en Paraje: Paso Sosa,  El Espinillo.

4) HÉCTOR RUIZ, con domicilio en Paraje: El Morterito, El Espinillo.

5) CONSTANCIO PENAYO, con domicilio en BarrioS.U.P.C.E., El Espinillo.

6)GREGORIO LESCANO, con domicilio en Paraje: Olla Quebrada, zona El   Espinillo.

7) JULIO GARCÍA, con domicilio en Olla Quebrada, zona El Espinillo.

8) SALUSTIANO ACOSTA, con domicilio en Paraje: El Colehon, zona Villa Río Bermejito.

9) ISAIA PELLEGRINI, con domicilio en Paraje  Cabeza del Buey.

10) VICENTE ABALO, con domicilio en Paraje La Pelolé ,  Villa Río Bermejito.

11) TEODORO GONZALEZ, con domicilio en Barrio Guemes,  Fortín Lavalle.

12) ILESEO LÓPEZ, con domicilio en Paraje: Lote N° 39,  Villa Río Bermejito.

13) DELFÍN CASTILLO, con domicilio en Paraje: Lote N° 614, Villa Río Bermejito.

14) HUMBERTO ZUAREZ, con domicilio en Paraje: N° 6, “D”, Villa Río Bermejito.

15) DANIEL SILVESTRE, con domicilio en Paraje: El Colehón, zona Villa Río Bermejito.

16) ROBERTO DÍAZ, con domicilio en Barrio Obrero, Villa Río Bermejito.

17) ANDRÉS BOMBELLI, con domicilio en Paraje: El Colehón, zona Villa Río Bermejito.

18) ANGEL MEZA, con domicilio en Barrio S.U.B.C.E., El Espinillo.

19) AVELINO MEDRANO, con domicilio en Paraje: Nueva Población, Villa Río Bermejito.  

 

B) INSTRUMENTAL: ofrecemos las siguientes:

1) Denuncia efectuada por el Sr. Teodoro González ante el Señor Presidente de la Cámara de Diputados en fecha 11-08-04.-

2)  Denuncia efectuada por el Sr. Quiterio Salto ante la Comisaría de El Espinillo, en fecha 14-04-06.-

3) Denuncia ampliatoria efectuada por el Sr. Quiterio Salto ante la Comisaría de El Espinillo, en fecha 15-04-06.-

4)  Denuncia efectuada por el Sr. Carlos Romero ante la Comisaría de Villa Río Bermejito, en fecha 27-06-06.-

5) Denuncia efectuada por el Sr. Laurencio Rivero ante la Comisaría de Villa Río Bermejito, en fecha 28-06-06.-

6) Denuncia efectuada por el Sr. Angel Espíndola ante la Comisaría de Villa Río Bermejito, en fecha 28-06-06.-

7) Denuncia efectuada por el Sr. Ricardo Sandoval ante la Comisaría de Villa Río Beremjito, en fecha 28-06-06.-  

 

C) INFORMATIVA:  en concordancia con las copias simples de las piezas instrumentales individualizadas en la letra anterior, tanto para corroborar las autenticidades de las mismas, cuanto para que se acrediten las actuaciones que derivaran de todas y de cada una de las referidas denuncias, es que corresponderá se libren oficios a cada uno de los organismos y/o dependencias y/o  reparticiones  y/o fiscalías y/o juzgados y/o  poderes de la Provincia del Chaco, donde se efectuaran cada una de las presentaciones, requiriéndosele todo lo que se hubiere tramitado y/o investigado, adjuntándose con el informe a rendirse copias autenticadas de los expedientes y/o causas y/o simples actuaciones, debidamente certificadas y actualizadas a la fecha del requerimiento que le curse este tribunal.-

  

V- PETITORIO:  por todo lo expuesto, SOLICITAMOS:

1) De conformidad con lo dispuesto por el art. 180 del CPPN, formulamos denuncia penal contra LORENZO HEFFNER, Intendente de la localidad de Villa Río Bermejito-Chaco, por la posible comisión de los Actos Discriminatorios previstos en la Ley 23.592, en función con el art. 248 del Código Penal ( incumplimiento de los deberes de funcionario público)

2) Se tenga por ofrecida pruebas testimonial, instrumental e informativa.-

3) Oportunamente, se corra vista al Sr. Agente Fiscal Federal a efectos de que emita el correspondiente requerimiento de investigación.  

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