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Prisión preventiva para DarÃo AmÃn y el "Niño" Gómez por el asesinato de Chocoba
Por Andhes -
Friday, Nov. 13, 2009 at 4:42 PM
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Dictan la prisión preventiva a DarÃo AmÃn y al "Niño" Gómez por el asesinato del dirigente indÃgena Javier Chocobar
La medida, que fue dispuesta por el juez de Instrucción de la I Nominación , Alfonso Zottoli, no alcanzó a Jorge Valdivieso, otro de los acusados. El 12 de octubre, un integrante de la Comunidad Chuschagasta –Javier Chocobar- fue asesinado y otros tres sufrieron heridas de bala. Los señalados como responsables del hecho son Amín, conocido terrateniente de la zona, y los dos ex policías Gómez y Valdiviezo. El hecho se dio en un marco donde se está analizando la propiedad de los pueblos indígenas sobre territorios ancestrales y el comienzo del relevamiento territorial ordenado por la ley 26.160.
andhes (Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales) celebra la decisión del juez de Instrucción de la I Nominación , Alfonso Zottoli, de dictar prisión preventiva a Darío Amín y a Luis “Niño Gómez” por el asesinato del integrante de la Comunidad Chuschagasta , Javier Chocobar, y por las heridas causadas a otros tres comuneros. La medida no alcanzó a Jorge Valdiviezo, otro de los señalados por la comunidad como responsable de los hechos. Consideramos que este es un avance en el esclarecimiento del hecho, la búsqueda de la justicia y la defensa de los derechos de los pueblos indígenas.
En la simbólica jornada del lunes 12 de octubre, un integrante de la Comunidad Chuschagasta fue asesinado y otros cuatro sufrieron heridas de bala. El hecho se produjo como brutal respuesta a las acciones legales que está llevando adelante esa comunidad para exigir que se reconozcan terrenos de Chuschagasta como propiedad indígena. La Comunidad acusó de lo sucedido a Darío Amín, reconocido terrateniente de la zona, y a dos ex policías Jorge Valdivieso y Luis Gómez; este último, compañero de andanzas del represor Mario “Malevo” Ferreira según publicó Página 12.
Este conflicto no es un simple caso de enfrentamiento entre partes sino que se da en el contexto donde una comunidad indígena está reclamando que se reconozcan sus derechos. Asimismo, recordamos que está vigente la ley 26.160 y en este sentido la responsabilidad de su aplicación recae en exclusiva cabeza del Poder Judicial. Dicha normativa, de orden público, ordena la suspensión de todo acto administrativo o judicial que tenga como objetivo desalojar a los pueblos originarios de su territorio por el término de cuatro años, mientras se realiza un relevamiento territorial.
Este relevamiento territorial servirá para hacer un análisis de la situación de los territorios indígenas, saber cuál es el mapa y poder actuar en consecuencia.
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