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La Comunidad Mapuche Tuwun Kupalmeo Maliqueo y su derecho a ser reconocidos
Por Karinna González Palominos y Alexis Papazian - Tuesday, Jul. 02, 2013 at 12:53 PM

Historia de un conflicto actual.

Buenos Aires, 1° de Julio de 2013

La comunidad Mapuche Tuwun Kupalmeo Maliqueo desde el lunes 24 de Junio y hasta el día de la fecha mantiene una ocupación pacífica en las oficinas del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). Exigen el reconocimiento por parte del Estado a través de la Personería Jurídica que les corresponde por derecho.

Esta comunidad se constituyó internamente en el año 2006. La historia de las familias que la compone, como tantas otras, posee una existencia previa y vinculada con las historias de despojo y exterminio sufrido por el Pueblo Mapuche desde fines del siglo XIX.
La comunidad está ubicada entre la zona centro (Departamento de Zapala) y la región cordillerana (Departamento de Aluminé) de la provincia de Neuquén. Esta región se caracteriza por el modo de vida trashumante de sus habitantes rurales, el cual constituye una forma productiva particular relacionada con la actividad ganadera. En el caso de las familias de la comunidad Tuwun Kupalmeo Maliqueo, la distancia entre el territorio de invernada y el de veranada es de casi 150 km entre uno u otro.[1] La invernada está situada en el paraje “Santo Domingo Abajo”, localidad de Ramón Castro a 6 Km de la ciudad de Zapala, perteneciente al Departamento del mismo nombre. La veranada se ubica en el paraje “Paso del Arco” a 8 Km de Villa Pehuenia.

La comunidad se organizó como tal, luego de escindirse, de manera consensuada y con apoyo, de la comunidad Wiñoy Folil, de la que formaban parte con anterioridad. La decisión de tal acción respondió a la necesidad de defender y proteger su territorio de veranada, amenazado por el avance sistemático de los alambrados y luego de un violento desalojo. A partir de esta decisión la Comunidad comenzó a “tramitar”el reconocimiento del Estado nacional, pues la provincia hace alrededor de 15 años no reconoce comunidades constituidas, razón por la cual éstas pueden obtener reconocimiento a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Comunidades indígenas (ReNaCI)[2]. Así lo han hecho más de una treintena de comunidades mapuche hasta la fecha en la provincia de Neuquén.

A partir de la tramitación de su personería jurídica, quienes escribimos esta nota fuimos convocados como investigadores, por la comunidad para la elaboración de un informe histórico y antropológico, justamente para ser presentado ante el INAI, como evidencia de la legitimidad de su demanda de reconocimiento. En otro contexto, esta comunidad (como tantas otras) enfrentó en el año 2008 y 2009 procesos de desalojos en su territorio de veranada, así como la judicialización de sus integrantes, para lo cual también aportamos en la causa judicial con argumentos respecto a la pertenencia y las trayectorias históricas de la comunidad sobre su territorio[3].

La investigación realizada durante el periodo 2008-2010 sobre la comunidad Mapuche Tuwun Kupalmeo Maliqueo, dio cuenta de la particular construcción de territorialidad cuando se da en el ámbito de la trashumancia, debido a la percepción de unidad y de simultaneidad espacio-temporal del territorio habitado. Esto es porque no sólo se dirigen a un lugar determinado a fin de resolver necesidades productivas y reproductivas, sino que circulan en un territorio señalizado simbólicamente y constituido históricamente. Es esta particularidad territorial es la que se enfrenta a los procesos de localización “fijada” e impuesta por el Estado nacional y/o provincial a través de la entrega o venta de tierras a privados.

El conflicto que hoy atraviesa la Comunidad Mapuche TuwunKupalmeoMaliqueo (al igual que muchas otras comunidades) es parte de la pugna entre el reconocimiento estatal de los Pueblos Originarios, su autodeterminación y el acceso a territorios aptos y suficientes (Ley 23312 promulgada en 1985, Ley 26160 promulgada en 2006; Convenio 169 de la OIT, ratificado por Argentina en el año 2000 a través de la Ley 24.071), y las formas jurídicas hegemónicas sobre la propiedad de la tierra (privada o fiscal).

Ahora bien, tras muchos años de peticiones fundadas y trámites realizados, la Comunidad continúa sin obtener la Personería. El Estado (nacional y provincial) niega cumplir el Derecho legal que los asiste.

Hasta aquí el marco general del reclamo. Nos gustaría referirnos la situación actual en dos breves párrafos.

La Comunidad -luego de no recibir respuesta a una carta enviada, en el mes de abril, al Presidente del INAI, en la cual se solicitaba una explicación por la excesiva demora en la entrega de la Personería Jurídica- a través de una Asamblea decidió viajar a la Capital Federal con el único objetivo de volver al territorio con su Personería Jurídica (situación que creían se solucionaría aclarando cuestiones menores). Sin embargo, tras varias reuniones ocurridas desde el lunes 24 hasta el viernes 28; no hubo respuesta de INAI en lo referido a la entrega de dicho reconocimiento. Es desde esa fecha (24/06) que la Comunidad se encuentra en las oficinas del INAI, en Mitre al 2815, en el Barrio de Once, realizando una ocupación pacífica de la sala de reuniones de dicho organismo.

A partir del viernes 28 de junio la situación se agravó, pues se pidió (por orden “superior”) a los organismos de DDHH y personas de confianza de la comunidad que abandonaran el edificio. La comunidad, aceptó este pedido a los fines de evitar cualquier situación de violencia. Hasta el día de hoy (lunes 1°/07) no se ha podido tener contacto con ellos. Se le ha negado la entrada a toda persona que fuera a peticionar o conocer el estado de situación de los mapuche de la comunidad, incluidos abogados, Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora y el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel. Vale la pena recordar que, entre los miembros de la comunidad hay dos bebés y una mujer anciana, situación que nos preocupa sobre manera. Sólo reciben comida y otro tipo de ayuda por intermedio de la policía que se encuentra tras la puerta del edificio.

Comienza una nueva semana. En comunicación telefónica pudimos saber que se encuentran bien. Con fuerzas para continuar, con la firmeza y la convicción de aquellos que saben que lo que piden es justo.


Karinna González Palominos (Antropóloga)
Alexis Papazian (Historiador)

[1] El territorio de invernada se encuentra emplazado en la cuenca central de petróleo y gas, principal actividad económica de la provincia. Uno de los impactos centrales de las actividades hidrocarburíferas que allí se desarrollan es la falta de agua y la contaminación ambiental, lo cual afecta gravemente las condiciones de existencia de las comunidades. La veranada está emplazada en zona fronteriza cercana al creciente municipio de Villa Pehuenia.

[2] Ley Nacional N° 23.312 (de Creación del INAI). ARTICULO 2- A los efectos de la presente ley, reconócese personería jurídica a las comunidades indígenas radicadas en el país. Se entenderá como comunidades indígenas a los conjuntos de familias que se reconozcan como tales por el hecho de descender de poblaciones que habitaban el territorio nacional en la época de la conquista o colonización e indígenas o indios a los miembros de dicha comunidad. La personería jurídica se adquirirá mediante la inscripción en el Registro de Comunidades Indígenas y se extinguirá mediante su cancelación.

[3]Expte. N°7061, Año 2009. La comunidad había sido denunciada por “usurpación” por un terrateniente. Sin embargo, en una sentencia inédita, en primera instancia, la jueza Gloria Martina aplicó el derecho indígena, de mayor jerarquía, por sobre el Código Civil. Además, reconoció derechos sobre tierras de veranada (se utilizan sólo una parte del año). La sentencia marca un antecedente importante para decenas de casos en el que empresarios cierran las veranadas de las comunidades indígenas.

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