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Por el cese de traslado de j贸venes a disposici贸n del sistema penal juvenil a c谩rceles
Por Agencia Andar/CPM - Saturday, Aug. 13, 2016 at 8:23 PM

La CPM reclama el cese de traslado de j贸venes a disposici贸n del sistema penal juvenil a c谩rceles del SPB

LA DECISI脫N VULNERA LOS DERECHOS Y GARANT脥AS ESTABLECIDAS POR LEY

12 agosto, 2016 | Mediante una nota remitida al organismo de Ni帽ez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires y la presentaci贸n de habeas corpus individuales, la Comisi贸n Provincial por la Memoria (CPM) manifest贸 su preocupaci贸n por el traslado de seis j贸venes a c谩rceles para adultos dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB). El organismo advirti贸 que esta medida agrava las condiciones de detenci贸n de los adolescentes y vulnera los derechos y garant铆as establecidos en la Ley Penal Juvenil, de acuerdo a las normativas internacionales, y reclam贸 el reintegro urgente de los j贸venes a los establecimientos bajo la 贸rbita de Ni帽ez y Adolescencia.

Por el cese de trasl...
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(CPM/Agencia) El s醔ado pasado, seis j髒enes de entre 20 y 21 a駉s que se encontraban alojados en el Centro Cerrado Virrey del Pino fueron trasladados, por orden de la Subsecretar韆 de Responsabilidad Penal Juvenil, a cargo de Felipe Granillo Fern醤dez, a c醨celes dependientes del Servicio Penitenciario Bonaerense. Al tomar conocimiento de los hechos, la Comisi髇 Provincial por la Memoria (CPM) envi una nota al organismo de Ni馿z y Adolescencia manifestando su preocupaci髇 por los traslados y requiriendo, de manera urgente, el reintegro de estos j髒enes a los establecimientos que est醤 bajo su tutela. Asimismo, se presentaron habeas corpus individuales para resguardar la integridad de los seis adolescentes trasladados.

En el mismo escrito, la CPM se馻la que la medida vulnera los derechos y garant韆s de los j髒enes establecidos por la Ley 13.364 (Ley Penal Juvenil), conforme a las normativas internacionales que tienen rango constitucional. En ese sentido, la Convenci髇 de los Derechos del Ni駉 establece que los lugares de encierro juvenil deben ser instituciones especialmente dise馻das para la responsabilizaci髇 y formaci髇 de los j髒enes.

En este caso, el traslado a c醨celes de adultos ordenada por el funcionario Granillo Fern醤dez, sin el aval judicial correspondiente, no s髄o contradice los principios y objetivos de esta ley sino que terminar por agravar las condiciones de encierro de los j髒enes. Como ha denunciado la CPM en reiteradas oportunidades, las personas alojadas en los establecimientos del SPB se ven sometidas a graves violaciones de derechos humanos 梕ntre ellas la pr醕tica sistem醫ica de la tortura, que inevitablemente se aplicar醤 sobre estos j髒enes.

El argumento utilizado para justificar esta medida es que se trata de una nueva pol韙ica del Organismo de Ni馿z, consistente en derivar j髒enes mayores de 18 a駉s a disposici髇 del Fuero Penal Juvenil al Servicio Penitenciario Bonaerense. Sin embargo, el propio Comit de los Derechos del Ni駉 establece que no se impone el traslado autom醫ico de aquellos j髒enes que cumplieron dieciocho a駉s de edad a una penitenciar韆 de adultos. Ello implica que los establecimientos destinados al alojamiento de quienes hubieren cumplido los dieciocho a駉s de edad, y est醤 a disposici髇 de los 髍ganos jurisdiccionales del fuero de responsabilidad penal juvenil, deben continuar bajo la 髍bita del Organismo de Ni馿z y Adolescencia.

Frente a esta situaci髇, que agrava las condiciones de encierro de los j髒enes y contradice lo dispuesto por la legislaci髇 vigente en cuanto a los Derechos Humanos de los ni駉s, ni馻s y j髒enes, la Comisi髇 Provincial por la Memoria solicita que se respete y garantice la especificidad del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil y su legislaci髇 especial y se termine con el traslado de j髒enes a establecimientos del SPB.

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