Argentina Centro de Medios Independientes (( i ))


El artículo original está en http://argentina.indymedia.org/news/2009/06/675981.php Ocultar comentarios.

BARAÑAO--A CONFESIÓN DEL DELITO RELEVO DE PRUEBA-version mejorada
Por Eduardo R. Saguier - Thursday, Jun. 11, 2009 at 9:52 AM
saguiere@ssdnet.com.ar (Casilla de correo válida)

BARAÑAO--A CONFESI...
linobaranao.jpg, image/jpeg, 514x385

BARAÑAO--A CONFESIÓN DEL DELITO RELEVO DE PRUEBA

Decíamos en enero de 2007, en nuestra denuncia sobre la Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina, luego de haber hecho las respectivas presentaciones ante la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía de Investigaciones y la Oficina Anti-Corrupción, que los Coordinadores de Área de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT) “….preceden, acompañan o sobrevienen a los subsidios otorgados a sí mismos, lo que configura claramente el ilícito de colusión de intereses”, es decir la simultánea condición de juez y parte interesada.

Fue entonces que, entre el autor de la denuncia --el que suscribe-- y el que en esa oportunidad detentaba el cargo de Presidente de la ANPCYT Dr. Lino Barañao, actual Ministro de CyT, se suscitó una polémica en el curso del año 2007 que atravesó la Lista de Discusión Electrónica Pol-Cien y que fue luego reproducido en otros foros, donde Barañao planteó “¿Cómo evitar el potencial conflicto de intereses de los Coordinadores y al mismo tiempo no provocarles un perjuicio derivado de la suspensión de su financiamiento?”. La primera alternativa ensayada para solucionar este problema fue, según Barañao, “…el otorgamiento de un subsidio automático a los coordinadores. No obstante, a posteriori, y debido además a la incorporación de co-coordinadores, se optó por un sistema mediante el cual los proyectos presentados eran remitidos a otro coordinador de un área relacionada quien se encargaba de enviarlos a pares para su evaluación”. Barañao afirmó entonces que en esta asignación de pares por parte de otros Coordinadores para evaluar los proyectos presentados por los propios Coordinadores “…si bien podría argüirse la existencia de algún favoritismo en dicha asignación, no hay evidencias concretas al respecto”. Más aún, Barañao destacó que “..el listado de proyectos financiados siempre se ha hecho público para cada convocatoria y por lo tanto nunca se ocultó el financiamiento a los coordinadores”. A confesión de parte, relevo de prueba.

Respecto de la sospechosa ética de este proceso, lindante con la que puede constituir delito (colusión de intereses, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública), el mismo Barañao, que venía cuestionando la relevancia de los conocimientos humanísticos, al extremo de asociarlos a los saberes teológicos (ver el debate suscitado con los profesores Atilio Borón y Eduardo Grüner), recordó que “…la ética se refiere a la toma de decisiones en un contexto determinado…..El prohibir la presentación de proyectos a los coordinadores implicaría entonces una limitación altamente significativa en la idoneidad de los recursos humanos involucrados en el proceso de evaluación con la considerable pérdida de calidad en dicho proceso. Esto a su vez implicaría una asignación deficiente de recursos públicos mucho mayores”. En ese contexto, Barañao consideró que “la práctica actual es éticamente aceptable, al menos hasta que se formule una solución más conveniente”. En ese sentido, a Barañao no le quedó claro “…cuál es la alternativa que propondría el Dr. Saguier”.

No conforme con estas auto-justificaciones, el Presidente de la ANPCYT Dr. Barañao acudió más tarde, en abril de 2007, al Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología (CECTE) de la entonces Secretaria de CyT, sita en el mismo lugar donde ahora tiene su asiento el Ministerio de CyT, en Av. Córdoba 831, para solicitarle a dicho Comité un dictamen exculpatorio. En el documento redactado en tal ocasión, el CECTE confesó –pese a carecer de competencia jurisdiccional para ello-- que a solicitud de investigadores individuales, no identificados con nombre y apellido, que habían manifestado “expresiones de inquietud acerca de los mecanismos instituidos para prevenir conflictos de interés en la gestión de evaluación de proyectos presentados al Fondo para la Investigación Científica y Tecnológica (FONCyT)”, estudió la documentación sobre las disposiciones que regulan el Sistema de Evaluación de Proyectos (SEPCyT) e invitó el 9 de abril al Presidente de la ANPCyT a concurrir a la reunión plenaria del Comité.

Según la información ilegalmente recabada y los documentos públicos de la ANPCyT, el plenario del CECTE concluyó que los Coordinadores y co-Coordinadores de Área “…mientras ocupan el cargo, que usualmente tiene una duración de tres años, están habilitados para presentar solicitudes de financiamiento de proyectos en los que participan como responsables, o como integrantes”. En virtud de los antecedentes reunidos, de la literatura internacional sobre el tema, y del estudio del caso, el CECTE consideró entonces que la estrategia descripta: “…no involucra necesariamente conductas incorrectas sino el riesgo de que puedan llegar a ocurrir”.

Pese al documento del CECTE, nosotros sostuvimos que dicha estrategia venía a corromper la ciencia argentina, y a propósito de la alternativa exigida por el Dr. Barañao nos preguntábamos ¿cuál ha sido el motivo para que en la distribución de los subsidios de la Agencia o ANPCYT se menospreciaran los Centros e Institutos de Investigación universitarios o extra-universitarios, y por el contrario se privilegiara un listado selectivo y concentrado de Investigadores en forma individual o grupal?

Si bien esta estrategia selectiva fue iniciada en la segunda presidencia de Menem por el Secretario de la SECYT Juan Carlos Del Bello, la misma fue acentuada con posterioridad, y en especial durante el período K por la gestión Barañao, quien ha considerado públicamente que su responsabilidad es la de “contribuir a crear empleo” y no la de desarrollar la comunidad científica. Pero insistimos ¿A que razones se debe la adopción de esta estrategia individualizante? ¿Acaso son las instituciones científicas menos confiables que ciertos y determinados investigadores individuales seleccionados por el Poder Ejecutivo? O, por ventura, ¿son las instituciones de la ciencia más vulnerables a las presiones políticas que los investigadores individuales?

Por último, ¿es preferible consolidar y potenciar las instituciones académicas o por el contrario, es aconsejable hacerlo con los investigadores en forma individual? ¿Cuál de las dos estrategias es más susceptible de caer en la corrupción, la simulación, la hipocresía, la genuflexión, el oportunismo, la indiferencia moral y la autocensura o miedo a expresarse libremente; o cual de las dos se presta más al favoritismo, el acomodo y el patronazgo? Más aún ¿Cuál de las dos estrategias propicia mas el desarrollo de las oportunidades y la creatividad y la originalidad científicas, cuál impide la “inflación curricular artificial” derivada del axioma de publicar o perecer, cuál evita la fuga de cerebros, y cuál alienta mas las libertades académicas, el espíritu de colaboración y la autonomía de las universidades e instituciones científicas?

Por otro lado, también nos preguntábamos ¿Cuáles han sido los motivos para que en la asignación y revocación de los jueces del Poder Judicial se instaurara un Consejo de la Magistratura, y en materia académica y científica los docentes e investigadores universitarios o extra-universitarios carecieran de un organismo semejante? ¿Acaso serían los jurados o tribunales académicos autónomos y autárquicos menos confiables que los designados por el Poder Ejecutivo? O, más bien, ¿son acaso los jurados o tribunales académicos autárquicos más vulnerables a las presiones políticas que los designados por el Poder Ejecutivo?

Finalmente, pese a las públicas declaraciones del ex Presidente de la ANPCYT y actual Ministro Dr. Barañao, y pese al acto o dictamen exculpatorio firmado por el CECTE, nosotros creemos que en una república democrática existe otro poder independiente, que es el Poder Judicial, con competencia jurisdiccional para dirimir la naturaleza lícita o ilícita del accionar público del funcionario Barañao.

Eduardo R. Saguier
Investigador del CONICET

agrega un comentario



La Nomenklatura Académica y la Muralla de Silencio
Por Joaquin E. Meabe - Thursday, Jul. 02, 2009 at 6:45 PM
jmeabegigaredcom@gmail.com

Copyleft 2001-2018 Argentina Centro de Medios Independientes (( i )). Copyleft: Se permite la copia, distribución y uso de los contenidos de Indymedia Argentina, siempre y cuando NO se utilice con fines comerciales, a no ser que se obtenga permiso expreso del autor y en todos los casos se reconozca la autoría (poniendo como fuente https://argentina.indymedia.org ). Las opiniones o artículos vertidos por lxs visitantes o colaboradorxs en el sitio pueden no reflejar las ideas de Indymedia Argentina. Usamos software libre. sf-active v0.9.4 Descargo | Privacidad