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Flexibilización laboral en el Sistema Educativo Municipal de Gral. Pueyrredón
Por APROBA - Sunday, Nov. 06, 2011 at 2:09 PM
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Con el fin de recibir el subsidio económico del estado, la Secretaría de Educación Municipal informa a la provincia de Buenos Aires que la situación de revista de todos los docentes municipales es “Titular” (con excepción de los suplentes), pero -internamente- para la municipalidad muchos son considerados “Interinos sin fecha de baja”, es decir no acceden a todos los derechos que gozan los docentes Titulares. ¿Cómo se entiende esto si no desde una estrategia de flexibilización laboral?

Con el fin de recibir el subsidio económico del estado, la Secretaría de Educación Municipal informa a la provincia de Buenos Aires que la situación de revista de todos los docentes municipales es “Titular” (con excepción de los suplentes), pero -internamente- para la municipalidad muchos son considerados “Interinos sin fecha de baja”, es decir no acceden a todos los derechos que gozan los docentes Titulares. ¿Cómo se entiende esto si no desde una estrategia de flexibilización laboral? APROBA continúa denunciando ésta situación de desfavorabilidad en que se encuentran los profesores que trabajan en las escuelas municipales, ya que la figura de “interinos sin fecha de baja” -situación de revista con que se los registra- les otorga “continuidad” pero no “estabilidad laboral” en los servicios educativos municipales. Esta ambigüedad que sostiene la Secretaría de Educación Municipal en cuanto a la situación laboral de los docentes plantea serios inconvenientes que afectan derechos laborales tales como: concursar cargos, solicitar licencia, pedir créditos, solicitar movimientos o acrecentamiento de horas, etc. Supuestamente, la condición de docente "Titular municipal” se alcanza al rendir un concurso, pero no existe una normativa que indique claramente cuánto tiempo debe transcurrir -como máximo- para que el municipio cumpla con el llamado a concurso. Sin embargo, para la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, las horas que un docente posee en la Municipalidad son consideradas Titulares y se cuentan como parte de la carga horaria titular total que establece el Estatuto Docente. Entre otras cosas, se supo que durante mucho tiempo el municipio utilizó la denominación P4 (personal sin título) para registrar la situación de revista de profesores con el objetivo de evitar titularizarlos y mantenerlos como interinos durante años y años. Este hecho fue denunciado por APROBA como “falseamiento de documento público”. Otro hecho notorio se produjo cuando -en la década Menemista- los maestros municipales Titulares recibieron el certificado de la “Reconversión docente” y seguidamente, el municipio organizó un concurso que generó el despido sin indemnización de decenas de profesores que se desempeñaban en las aulas de las escuelas municipales desde hacía una década, para remplazarlos por los maestros de primaria, mencionados anteriormente. Considerando que: - La estabilidad laboral es un derecho constitucional - Según la Ley del Trabajador Municipal se titulariza al empleado a un año de su ingreso al sistema. - Según el sistema de enseñanza privada, regulada por DIPREGEP, los profesores con título se titularizan al año de ingreso. Debe señalarse que las escuelas municipales están en la órbita del sistema de enseñanza de gestión privada, están supervisadas por inspectores de DIPREGEP y tienen número de habilitación otorgado por el mismo organismo. Además, por cuanto reciben subsidios estatales para el pago de salarios a sus docentes deben ser coherentes en cuanto al respeto por los derechos laborales. Por todo lo antedicho, si la Municipalidad continúa sin reconocer la titularidad de los docentes al año de ingreso al sistema municipal no se estaría encuadrando en ninguno de los sistemas que adoptan la titularización como forma de estabilidad laboral y estaría incurriendo en una grave irregularidad administrativa al contradecir leyes de orden superior. Sostenemos que el llamado a concurso fuera de término es -para muchos- una forma de despido encubierto, sin indemnización. Desde hace muchos años, detrás de la supuesta calidad del servicio educativo municipal, funciona un sistema a base de clientelismo y dedocracia, lo cual se sostiene gracias a la complicidad del poder político, del sindicato y algunos sectores de la Justicia. En síntesis, mediante el sistema de “concurso” -que como todos sabemos tiene un alto grado de subjetividad- el sistema educativo municipal genera docentes de primera, con cargos concursados, y docentes de segunda, precarizados laboralmente. Esta situación llega a tal punto, que existen docentes que hace mas de veinte años se encuentran trabajando en situación de interinos y otros se jubilan sin acceder nunca a los derechos de un docente titular. Consideramos inapropiado que el estado provincial delegue dinero destinado a educación a un grupo de personas “representativas” del municipio (¿quién y cómo se controla el uso de éstos fondos?) al igual que a otros dueños de establecimientos escolares privados, en lugar de asegurar que el 100% de los dineros públicos se destinen a las escuelas públicas de gestión estatal. Nota: APROBA posee en sus archivos toda la documentación que avalan los datos que figuran en esta nota. Para acceder a los mismos, contactarse con la Comisión Directiva. comisiondeirectiva@aproba.org.ar

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