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 Viernes 12 de Julio de 2013 | NUEVA SENTENCIA CONTRA EL UNICATO

Se resquebraja el armazón legal del viejo modelo sindical

La Corte Suprema de la Nación, declaró la inconstitucionalidad del art. 31 inc. a) de la Ley 23.551, que otorga al sindicato con personería gremial la representación de los intereses colectivos de los trabajadores. Los abogados laboralistas Matías Cremonte, Horacio Meguira y Carlos Zamboni afirman que la medida generará gran impacto en las representaciones colectivas de los trabajadores, estén estos afiliados o no.

“La Corte Suprema dio en el punto de flotación del modelo sindical argentino. El 18 de junio de 2013 declaró la inconstitucionalidad del art. 31 inc. a) de la Ley 23.551, que otorga al sindicato con personería gremial la representación de los intereses colectivos de los trabajadores (‘ATE c/Municipalidad de Salta’)”.  Certero ataque al corazón del modelo sindical por Matías Cremonte

“ El fallo se refiere a dos aspectos fundamentales para la vida de los trabajadores: su capacidad de organizarse y el derecho a percibir un salario justo que permita una alimentación adecuada, salud, vivienda, educación, previsión, recreación, vacaciones. Es decir, un salario digno (decente en terminología de la OIT), estrechamente emparentados”. El Fallo de la Corte demuele las bases del unicato sindical por Horacio Meguira

“Es decir, la Corte, al igual que los constituyentes que redactaron el 14 bis, entienden que un gremio, entendido como una organización de trabajadores en defensa de sus intereses, tiene potestad de representar los intereses colectivos de los mismos sin exigir personería gremial, la cual otorga el Estado a través del Ministerio de Trabajo”. Golpe al viejo modelo sindical por Carlos Zamboni (H)



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